Con fecha 15 de marzo de 2033 se promulgó la Ley 1620 "por
la cual se crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para el
ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la
prevención y mitigación de la violencia escolar"
Cuyo ideal es contribuir a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción
de una sociedad democrática, participativa,
pluralista e intercultural, en concordancia con el mandato constitucional y la
Ley General de Educación -Ley 115 de 1994- mediante la creación del sistema
nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la
educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia
escolar, que promueva y fortalezca la formación ciudadana y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos de los estudiantes, de los niveles educativos de preescolar,
básica y media y prevenga y mitigue la violencia escolar y el embarazo en la
adolescencia.
Se seguirá la Ruta de
Atención Integral para la Convivencia Escolar en el manual de convivencia y los protocolos.
Es taxativa al definir que
los padres de familia deben cumplir con las condiciones
y obligaciones establecidas en el manual de convivencia y responder cuando su
hijo incumple alguna de las normas allí definidas